Report Núm. 21

20/12/2019

Reglamento (UE) 305/2011

Nuevo estudio de la Comisión para la revisión del Reglamento

Hasta la fecha la Comisión Europea ha realizado varios estudios sobre el Reglamento de productos de construcción sobre la base de encuestas, entrevistas y plataformas técnicas. Recientemente, la Comisión ha puesto en marcha un nuevo estudio para complementar la recopilación de datos realizada hasta la fecha – fruto de los estudios anteriores – y su análisis, y para apoyar cualquier decisión que se deba tomar sobre las opciones futuras.

El punto de partida es una encuesta basada en los aspectos detectados en la evaluación del Reglamento realizada por la Comisión. Esta encuesta tiene un papel importante en la definición de opciones potenciales de cara al futuro. Por esta razón, se dirige únicamente a expertos, principalmente los miembros del Advisory Group y los agentes que han participado en las plataformas técnicas para la Revisión del Reglamento.

El envío de esta encuesta se inició con fecha 11 de octubre, con un plazo hasta el 31 de octubre para su respuesta.

Según parece, las previsiones temporales para la revisión del Reglamento serían un primer borrador en 2021, la publicación del Reglamento revisado en 2023 y su implementación en 2025.

Los resultados de la encuesta circulada permitirán definir el enfoque que debe tener la revisión del Reglamento para resolver los problemas que ha detectado la Comisión.

El ITeC ha recibido la encuesta y la ha contestado, como en las anteriores consultas y encuestas, expresando su posición como organismo de evaluación técnica y como organismo notificado, en el marco del Reglamento

Publicación de dos reglamentos delegados con nuevas clases de prestación

Con fecha 12 de julio se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el reglamento delegado siguiente, en vigor a los veinte días de su publicación:

Reglamento Delegado (UE) 2019/1188 de la Comisión, sobre las clases de prestación en relación con la resistencia a las cargas de viento de persianas exteriores y toldos, cubiertos por la norma armonizada EN 13561. Esta norma incluye cuatro clases de prestación para esta característica, pero éstas no son suficientes para todos los productos actualmente disponibles en el mercado, ya que los más recientes presentan una mayor resistencia a las cargas de viento. Por esta razón, se añaden tres clases de prestación en relación con la resistencia a las cargas de viento. Por esta razón, se añaden tres clases de prestación en relación con la resistencia a las cargas de viento.

Asimismo, se diferencia el uso de las clases entre las subfamilias de productos cubiertos por la norma EN 13561, en particular para toldos de brazos plegables, toldos con tejido guiado lateralmente por raíles y toldos para pérgola.

Con fecha 12 de agosto se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el reglamento delegado siguiente, en vigor a los veinte días de su publicación:

Reglamento Delegado (UE) 2019/1342 de la Comisión, sobre las clases de prestación en relación con la permeabilidad al aire de lucernarios de materiales plásticos y vidrio y trampillas de cubierta. Estos productos estaban en parte cubiertos por las normas armonizadas EN 1873 y EN 14963, pero ninguna de ellas incluía una clasificación de prestaciones para la característica esencial de permeabilidad al aire.

Para atender mejor las necesidades del mercado, las nuevas versiones de dichas normas, EN 1873-1, EN 1873-2 y EN 1873-3 para lucernarios de cubierta – de plástico y vidrio – y trampillas de cubierta, así como la norma EN 14963, deben incluir una clasificación de prestaciones para la característica esencial de permeabilidad al aire. Dicha clasificación debe incluir tres clases de prestación.

El anexo del Reglamento Delegado (UE) 2019/1188 incluye tres tablas con las clases de prestación en relación con la resistencia a las cargas de viento, en función de la presión nominal del viento y la presión de seguridad del viento pN (N/m2), para las subfamilias siguientes:

1. Toldos con tejido guiado lateralmente por raíles y toldos para pérgolas: siete clases, de la 0 a la 6
2. Toldos de proyección mediante pantógrafo, toldos de brazo pivotante, toldos de brazo deslizante, persianas verticales enrollables, marquisoletas, toldos de fachada, toldos para ventana de tejado, toldos de veranda y mosquiteras: cuatro clases, de la 0 a la 3
3. Toldos de brazos plegables: tres clases, de la 0 a la 2.

El anexo del Reglamento Delegado (UE) 2019/1342 establece tres clases de prestación -A, B y C- para la permeabilidad al aire (m3/h·m), en función de los valores límite inferior y superior de presión interna (Pa).

Comisión Europea

Documento de la Comisión sobre variantes de EADs

La Comisión ha observado un número creciente de peticiones de ETA que requieren la modificación de EAD ya citados en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Esto obliga a poner en marcha numerosos procesos de actualización para poder publicar los EAD modificados en el DOUE.

Esta situación genera inconvenientes, tanto para los fabricantes que disponen de un ETA emitido a partir del EAD inicial como para los organismos notificados para este EAD. Estos inconvenientes se agudizan cuando se trata de un EAD con un número significativo de ETA emitidos, como es el caso de algunos EAD resultantes de la conversión de Guías DITE (ETAG).

Para dar respuesta a esta situación, la Comisión ha presentado el documento “EAD variants” en la reunión del Advisory Group del 1 y 2 de julio.

En este documento se propone la creación de variantes de EADs para las ampliaciones de EADs que no afecten al EAD principal, es decir, que no modifiquen sus métodos de evaluación ni los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones (EVCP) definidos en él. Esta solución se aplicaría en aquellos EAD con un número significativo de ETA emitidos.

La variante de un EAD consiste en un documento que tendrá la misma estructura (capítulos, apartados, etc.) que el EAD principal, pero que en todas aquellas cláusulas que sean iguales se referirá al EAD principal. Solo introducirá información de aquellos aspectos adicionales relativos a la ampliación del EAD. De esta manera, no será necesaria la modificación del EAD principal. Se publicará la variante del EAD en el DOUE, evitándose los inconvenientes producidos por la modificación del EAD principal.

En la última reunión del Consejo Técnico, la Comisión ha solicitado a la EOTA que empiece a aplicar esta propuesta en algunos EAD, para verificar el resultado de su aplicación.

Las ampliaciones mencionadas pueden ser, por ejemplo, por la introducción de productos adicionales, variantes en los componentes de un kit, o características esenciales adicionales.

Opinamos que la variante de los EAD puede ser una buena solución y, de confirmarse su buen resultado, debería aplicarse no solo a determinados EAD – con un número elevado de ETA emitidos – sino a cualquier EAD que pueda ser objeto de ampliación. Así lo expresaron varios institutos – entre ellos el ITeC – en la última reunión del Consejo Técnico.

Esta solución puede agilizar el proceso de modificación de los EAD y su publicación – en el caso ampliaciones -, y reducir la carga de trabajo tanto de los organismos de evaluación técnica como de la Comisión en sus tareas de supervisión y validación de los EAD.

EOTA

Trabajos para desbloquear los EAD pendientes de publicación

En la última reunión del Consejo Técnico, se abordó la cuestión del centenar de EADs pendientes de publicación en el Diario Oficial Unión Europea (DOUE), algunos de ellos desde hace más de un año. La Comisión informó que difícilmente podrían publicarse estos EAD si no se ajustaban a los últimos criterios y mejoras introducidos por la Comisión. Véase en el Report núm. 20, “Introducción de mejoras en los Documentos de Evaluación Europeos”.

A la vista de esta situación, el Consejo técnico acordó que cada Instituto examinara sus EADs pendientes de publicación y revisara aquellos aspectos que no se ajustan a los últimos criterios y mejoras introducidos por la Comisión. A medida que los EAD estén actualizados, se enviarán de nuevo a la Comisión, indicando la fecha en que se enviaron por primera vez para publicación, y el sistema de EVCP que aplica. Con estos datos, la Comisión podrá establecer prioridades para la publicación de estos EAD en el DOUE.

Estos criterios y mejoras están relacionados con la aplicación de la Comunicación COM (2018) 764, que también aplica a los EAD. En su caso, consiste principalmente en aplicar el check list para EADs facilitado por la Comisión, incorporar los métodos de evaluación de los Technical Reports-TR citados en los EAD e indicar la fecha en todas las referencias que aparezcan en los EAD. En el caso de los TR elaborados en el marco de la Directiva, se deberá actualizar su contenido de acuerdo con el Reglamento.

La publicación de la Comunicación COM(2018)764, la escasez del personal de la Comisión que supervisa la publicación de los EAD y las rotaciones de personal, han provocado esta acumulación de EADs para publicar.

Esperamos que esta situación se pueda reconducir por parte de la Comisión. La EOTA y sus miembros están haciendo un gran esfuerzo para hacer posible la publicación de todos los EAD pendientes.

Trabajos de conversión de Guías DITE con el EAD publicado

Actualmente son dieciocho los EAD publicados basados en Guías DITE, de los cuales ya se ha publicado la modificación de uno de ellos. A partir de ahora los identificaremos por su número de referencia.

Relación de los EAD publicados:

  • EAD 030351-00-0402, para sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles fijadas mecánicamente (conversión de la Guía DITE 006): publicado en el DOUE, con fecha 29.05.2019.
  • EAD 090062-00-0404, para kits de revestimientos exteriores de fachada (conversión de la Guía DITE 034 partes 1 y 2): publicado en el DOUE, con fecha 16.11.2018.
  • EADs 160004-00-0301 y 160027-00-0301, para kits de postensado para pretensado de estructuras (conversión de la Guía DITE 013): EAD publicados en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 210005-00-0505, para kits de partición interna para paredes no portantes (conversión de la Guía DITE 003): EAD publicado en el DOUE, con fecha 29.05.2019.
  • EAD 220089-00-0401, para kits de cubierta translúcida autoportante -excepto los de cristal (conversión de la Guía DITE 010): publicado en el DOUE, con fecha 29.05.2019.
  • EAD 330076-00-0604, de anclajes químicos para obra de fábrica (conversión de la Guía DITE 029): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 330196-01-0604, de anclajes de plástico para sistemas de aislamiento por el exterior (conversión de la Guía DITE 014): modificación publicada en el DOUE, con fecha 10.11.2017.
  • EAD 330232-00-0601, de anclajes mecánicos (conversión de la Guía DITE 001 partes 1 a 4): publicado en el DOUE, con fecha 9.12.2016.
  • EAD 330499-00-0601, de anclajes químicos (conversión de la Guía DITE 001 parte 5): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 330747-00-0601, de anclajes mecánicos para uso múltiple en aplicaciones no estructurales (conversión de la Guía DITE 001 parte 6): publicado en el DOUE, con fecha 10.08.2018.
  • EAD 340006-00-0506, de escaleras prefabricadas (conversión de la Guía DITE 008): publicado en el DOUE, con fecha 13.05.2016.
  • EAD 340059-00-0106, de barreras dinámicas contra la caída de rocas (conversión de la Guía DITE 027): publicado en el DOUE, con fecha 16.11.2018
  • EAD 350140-00-1106, de morteros de protección contra el fuego (conversión de la Guía DITE 018 parte 3): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 350141-00-1106, de sellados de juntas para protección contra el fuego (conversión de la Guía DITE 026 parte 3): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 350142-00-1106, de paneles de protección contra el fuego (conversión de la Guía DITE 018 parte 4): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 350402-00-1106, de pinturas reactivas de protección contra el fuego (conversión de la Guía DITE 018 parte 2): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.
  • EAD 350454-00-1104, de sellados de penetraciones para protección contra el fuego (conversión de la Guía DITE 026 parte 2): publicado en el DOUE, con fecha 15.12.2017.

Todos los EAD publicados se encuentran en la web de la EOTA y son de libre acceso. Se pueden consultar en el apartado “Our Publications”.

Trabajos de conversión de Guías DITE en curso o pendientes de publicación

En la reunión del Consejo Técnico núm. 25 se ha analizado la situación de los catorce trabajos de conversión actualmente en curso.

Tal como se indicaba en anteriores Reports, se podrían distinguir cuatro fases básicas en el proceso de conversión de las Guías DITE a EAD:

Elaboración y adopción por el grupo de trabajo;
Adopción por la EOTA – por los organismos designados;
Comentarios de la Comisión – incluyendo su consideración;
Publicación – donde también puede haber comentarios de la Comisión, en la revisión final de los EAD;

En estos momentos todos los trabajos se encuentran en las fases 3ª y 4ª.

Situación detallada de los trabajos:

  • EAD de sistemas de vidrio estructural (conversión de la Guía DITE 002 partes 1 y 3): enviado a la Comisión para la fase de publicación; pendiente revisión final de la Comisión.
  • EAD de sistemas de aislamiento para el exterior (conversión de la Guía DITE 004): después de considerar los comentarios recibidos en la fase de comentarios de la Comisión, y de incorporar los textos de los tres Technical Reports (TR) a los que la ETAG se refería, se ha circulado el documento revisado a todos los organismos designados; se han recibido comentarios de algunos organismos; en cuanto hayan sido considerados se enviará el documento resultante para confirmación.
  • EAD de kits de impermeabilización de cubiertas aplicados en forma líquida (conversión de la Guía DITE 005): enviado a la Comisión para la fase de publicación; pendiente revisión final de la Comisión.
  • EAD de kits de edificios prefabricados de estructura de madera (conversión de la Guía DITE 007): enviado a la Comisión para la fase de publicación; pendiente revisión final de la Comisión.
  • EAD de kits de encofrados perdidos para cerramientos no portantes (conversión de la Guía DITE 009): el 10 de setiembre tuvo lugar una reunión del grupo de trabajo; recientemente se ha enviado el EAD revisado para confirmación de los organismos designados.
  • EAD de vigas y pilares compuestos a base de madera (conversión de la Guía DITE 011): se han recibido comentarios en la revisión final de la Comisión; se ha revisado el documento y se ha circulado la versión revisada para confirmación de los organismos designados.
  • EAD de placas y conectores de fijación tridimensionales (conversión de la Guía DITE 015): enviado a la Comisión para la fase de publicación; pendiente revisión final de la Comisión.
  • EAD de kits de elementos prefabricados para aislamiento térmico por el exterior (conversión de la Guía DITE 017): véase información en la sección “El ITeC y la Evaluación Técnica Europea”.
  • EAD de paneles a base de madera prefabricados portantes de caras tensionadas (conversión de la Guía DITE 019): se han recibido comentarios en la revisión final de la Comisión; se ha revisado el documento y se ha circulado la versión revisada para confirmación de los organismos designados.
  • EAD de anclajes de plástico (conversión de la Guía DITE 020): se han recibido comentarios en la revisión final de la Comisión; se ha revisado el documento y se ha circulado la versión revisada para confirmación de los organismos designados.
  • EADs de kits de revestimientos impermeables para suelos y paredes de piezas húmedas (conversión de la Guía DITE 022 partes 1-3): enviados a la Comisión para la fase de publicación; pendiente revisión final de la Comisión.
  • EAD de productos retardantes del fuego (conversión de la Guía DITE 028): véase información en la sección “El ITeC y la Evaluación Técnica Europea”.
  • EAD de conectores para juntas estructurales (conversión de la Guía DITE 030): se han considerado los comentarios recibidos en la fase de comentarios de la Comisión y se ha circulado el documento revisado a todos los organismos designados, para confirmación; se han recibido comentarios que están siendo considerados.
  • EAD de juntas de dilatación para puentes de carreteras (conversión de la Guía DITE 032 partes 1-8):
    Todos los EAD de las diferentes partes en proceso de conversión han sido enviados a la Comisión para la fase de publicación; recientemente se han recibido comentarios en la revisión final de la Comisión los cuales serán tratados en el grupo de trabajo.

El ITeC y la Evaluación Técnica Europea – ETE

Trabajos de conversión de Guías DITE a EAD liderados por el ITeC
  • Conversión de la Guía DITE de productos retardantes del fuego (ETAG 028)

En la fase de publicación, se han recibido nuevos comentarios de la Comisión. Para uno de ellos, se ha dirigido una consulta a la Comisión que está en curso de resolución.

  • Conversión de la Guía DITE de kits de elementos prefabricados para aislamiento térmico por el exterior (ETAG 017)- trabajo liderado por CSTB-ITeC:

En el grupo de trabajo se han detectado algunos aspectos que deberían ser modificados en la versión del documento para publicación, los cuales han sido subsanados; se ha circulado el documento modificado a los organismos designados para confirmación.

  • Conversión de la Guía DITE de kits para revestimientos exteriores de fachada (ETAG 034)

EAD 090062-00-0404 “Kits de revestimientos exteriores de fachada fijados mecánicamente”: referencia publicada en el DOUE, con fecha 16.11.2018, por medio de la Comunicación 2018/C 417/07. El texto completo del EAD se puede consultar en la web de la EOTA, apartado “Our Publications”.

Elaboración de EADs

Además del EAD 090062-00-0404, el ITeC dispone de doce EAD publicados en el DOUE. Actualmente está trabajando en otros quince EAD, de los cuales cuatro son modificaciones de EAD:

  • tres ya han sido adoptados internamente por la EOTA y se está elaborando el ETA correspondiente
  • los doce restantes están en diferentes fases de elaboración

Nota: en este punto no se contabilizan los trabajos en curso de conversión de Guías DITE a EAD, indicados en el primer punto de esta sección.

Elaboración de ETAs

Entre el 11.06.2019 y el 15.10.2019, el ITeC ha emitido diez ETA y tiene cuarenta y cuatro en elaboración. Los diez ETA emitidos son de los cinco EAD y de las Guías DITE siguientes (véase web EOTA, apartado “Our Publications”).

  • EAD 160004-00-0301, de kits de postesado para el pretensado de estructuras.
    • ETA 19/0065 MeKano4 PT System TK, sistema de postesado interno adherente desde 4 hasta 37 cordones, de MK4 WORLD WIDE SL.
  • EAD 090062-00-0404, de kits para revestimientos exteriores de fachada fijados mecánicamente.
    • ETA 16/0645 Faveker® FV de GRES DE ARAGÓN SA.
    • ETA 17/0355 Faveton® SAH (placas cerámicas Ceram 20, Ceram 28 y Acqua 20), de FAVETON TERRACOTA SL.
  • EAD 350140-00-1106, de revestimientos y kits de revestimiento para aplicaciones resistentes al fuego.
    • ETA 11/0185 Tecwool F® de TECRESA PROTECCIÓN PASIVA SL.
  • EAD 350402-00-1106, de pinturas reactivas para protección contra el fuego de elementos de acero.
    • ETA 18/0689 Hempafire Pro 315 de HEMPEL A/S.
  • EAD 350454-00-1104, de sellado de penetraciones.
    • ETA 16/0771 AF Multicollar de AF SYSTEMS SRL.
    • ETA 16/0772 AF Collar C de AF SYSTEMS SRL.
    • ETA 16/0891 AF Collar de AF SYSTEMS SRL
  • Guía DITE 004, de sistemas compuestos para aislamiento térmico exterior (SATE) con revestimiento continuo.
    • ETA 18/0218 PRB THERMO XL de PRB SA.
  • Guía DITE 005, de kits de impermeabilización de cubiertas aplicados en forma líquida.
    • ETA 18/0296 MasterSeal Roof 2111 de BASF COATINGS GMBH

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre productos con norma armonizada y productos con ETA en la evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones?

Los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones[1] – 1+, 1, 2+, 3 y 4 – son los mismos, y su aplicación para cada familia de productos está definida mediante Decisiones de la Comisión publicadas en el DOUE.

No obstante, en el Reglamento Delegado 568/2014 de la Comisión – en el que se modifica el Anexo V del Reglamento de Productos de Construcción -, cláusula 1.6 del Anexo, se realiza una clarificación importante en relación con los productos que disponen de un ETA.

Se establece que la evaluación de prestaciones realizada en los ETA – por un organismo de evaluación técnica – deberá ser considerada para las tareas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones. Por lo tanto, los organismos notificados – en aquellos sistemas en los que su intervención sea necesaria – y los fabricantes no deberán repetir las tareas de evaluación de prestaciones realizadas en el ETA.

De hecho, cuando se trata de productos con un ETA podemos hablar de “verificación de la constancia de las prestaciones” en lugar de “evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones.

Nota
El ITeC es organismo de evaluación técnica y organismo notificado – el organismo núm. 1220. Como organismo notificado, actúa en el ámbito de los Documentos de Evaluación Europeos-EAD y realiza las tareas de verificación de la constancia de las prestaciones en productos con ETA, cuando es necesaria la intervención de un organismo notificado.

[1] La definición de los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones se puede consultar en el Reglamento Delegado 568/2014, en la sección 1 de su Anexo.

Calendario de reuniones relevantes

Realizadas del 15 de junio al 22 de octubre de 2019
  • Consejo Técnico núm. 25, Roma, 18 y 19 de septiembre de 2019
Próximas reuniones
  • Asamblea General de la EOTA, Bruselas, 20 de noviembre de 2019
  • Consejo Técnico núm. 26, Bruselas, 11 y 12 de diciembre de 2019
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