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Report Núm. 03

Report Núm. 03

16/02/2015

Reglamento (UE) 305/2011

Reglamentos Delegados en preparación

Actualmente, la Comisión está elaborando cinco Reglamentos Delegados, dos sobre clasificación de prestaciones y tres sobre sistemas de Evaluación y Verificación de la Constancia de Prestaciones-EVCP:

  1. Reglamento Delegado sobre la clasificación de la prestación de la reacción al fuego: compendio de modificaciones anteriores y revisión de acuerdo con el Reglamento 305/2011, como por ejemplo la modificación de las clases en relación con la opción NPD (Prestación No Determinada). (Previsión de publicación: 1er semestre de 2015).
  2. Reglamento Delegado sobre el sistema de EVCP de conductos y tuberías de ventilación: está relacionado con la elaboración de un DEE. (Previsión de publicación: 1er semestre de 2015).
  3. Reglamento Delegado sobre el sistema de EVCP de geotextiles: está relacionado con la elaboración de un DEE; se revisa la decisión existente considerando la reacción al fuego. (Previsión de publicación: 2º semestre de 2015).
  4. Reglamento Delegado sobre el sistema de EVCP de productos para el tratamiento de aguas residuales: se revisa la decisión existente modificando el tratamiento de la reacción al fuego para algún subgrupo de productos. (Previsión de publicación: 2º semestre de 2015).
  5. Reglamento Delegado sobre la clasificación de la prestación de ciertos productos de la construcción: establece clases y niveles para algunas características esenciales de las normas EN 1304:2013, EN 1790:2012, EN 15101-1:2013, EN 16025-1:2013, EN 16040:2013 y 16361:2013. (Previsión de publicación: 2º semestre de 2015).

Los Reglamentos Delegados son el instrumento que prevé el Reglamento para resolver los temas que se detallan en el artículo 60 del Reglamento, por ejemplo el establecimiento de niveles y clases de prestación, valores umbral, características obligatorias, sistemas de EVCP, etcétera. Una vez aprobados y publicados deben ser aplicados en relación con las normas armonizadas y los DEE afectados por los mismos.

Organismos Notificados para tareas relacionadas con los DEE

El Reglamento 305/2011 no resuelve con claridad la notificación de organismos para tareas de Evaluación y Verificación de la Constancia de las Prestaciones-EVCP relacionadas con los DEE.

A nivel europeo, esto se ha resuelto con el documento de la Comisión “Implementation of Annex II tothe CPR. Streamlining the process for notification of NBsforEADs”. Cada Estado miembro de la UE tiene que prever los criterios para la aplicación del mismo en su territorio.

Recientemente, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo – Minetur  ha editado una nueva versión del documento “Criterios para notificar y designar organismos en el campo del reglamento (UE) núm. 305/2011”, de febrero de 2015, en el que se han incorporado los criterios con vistas ala autorización y notificación de organismos para tareas de EVCP relacionadas con los DEE en España.

En el documento de la Comisión arriba indicado, se clarifica que no es necesario esperar a que un DEE sea publicado en el DOUE para iniciar el proceso de autorización y notificación de un organismo de las tareas de EVCP de un DEE, cuando sean de aplicación los sistemas 1+, 1 y 2. La publicación del DEE final en el DOUE solo se puede realizar cuando se ha elaborado y emitido la primera ETE. Sin embargo, la clarificación realizada permite agilizar el proceso, ya que posibilita iniciar este proceso cuandose cumplen las condiciones del Anexo II del Reglamento 305/2001y realizarlo en paralelo con la elaboración dela ETE. Ahora el documento del Minetur ya permite resolver, en España, la autorización y notificación de estos organismos para las solicitudes de ETE que requieran la elaboración de un DEE, para sistemas de EVCP 1+, 1 y 2.

Comisión Europea

Clasificación europea VOC en preparación

La Comisión está desarrollando un sistema de clasificación para las emisiones de componentes orgánicos volátiles-VOC de los productos de construcción utilizados en espacios interiores.

Ha elaborado una propuesta, que ha consultado a los diferentes agentes relacionados con el sector de la construcción, y ahora ha creado el “Ad Group on VOC classification for Dangerous Substances” para seguir tratando este proyecto de clases.

Actualmente, existen diferentes países, como Alemania y Francia, con disposiciones legales sobre las emisiones VOC que utilizan clasificaciones diferentes para regular dichas emisiones. El objetivo que se persigue es la creación de unas clases armonizadas VOC que puedan ser utilizadas por todos los Estados miembros, como se ha hecho con la reacción al fuego y la resistencia al fuego.

Consideración del Requisito Básico núm.7 sobre sostenibilidad en el marcado CE

En la Sesión de Trabajo sobre el contenido de los DEE (véase apartado siguiente) se trató este tema en el ámbito de los DEE. Según el representante de la Comisión, un DEE podrá incluir aspectos o características medioambientales cuando exista alguna disposición legal de obligado cumplimiento en aquel mercado en el que el fabricante quiera comercializar su producto, que exija aspectos o características medioambientales en los productos de construcción. Para la libre circulación del producto en dicho mercado, la Declaración de Prestaciones y el marcado CE deberán incluir la información de las características medioambientales exigidas, por lo que dichas características serán objeto de consideración en el DEE y en las ETE correspondientes.

Cada vez hay más países de la UE que cuentan con disposiciones relacionadas directa o indirectamente con aspectos o características medioambientales de los productos, las cuales pueden tener diferentes niveles de aplicación. Solo aquellas disposiciones de obligado cumplimiento deben ser objeto de consideración en los DEE y ETE correspondientes. El PT 12 de la EOTA, Grupo de Trabajo para la aplicación del RB núm.7, está preparando los instrumentos necesarios para su aplicación en los DEE que lo requieran.

Documentos de Evaluación Europeos-DEE

Sesión de Trabajo en la EOTA sobre el contenido de los DEE

La Sesión de Trabajo en la EOTA tuvo lugar el28 de enero en Bruselas y en ella se trataron aspectos destacables observados durante la elaboración de 66 DEE.

En primer lugar, se trató la consideración de condiciones técnicas, los ensayos de identificación del producto, aspectos de la durabilidad y la visita a la fábrica durante la elaboración de la ETE.

En segundo lugar, la consideración de las substancias peligrosa sen los DEE y en las ETE.

A continuación, el tratamiento de los niveles y clases de prestaciones en el Reglamento. Finalmente, se analizó la implementación del Requisito Básico núm. 7 sobre sostenibilidad.

Participaron en la sesión, el Georgios Katsarakis, de la Comisión Europea, i Jiri Sobola, consultor de la Comisión para asuntos EOTA, quienes realizaron sendas presentaciones sobre aspectos observados durante el proceso de elaboración de los DEE.

El próximo 5 de marzo se reunirá el PT 1 de la EOTA, grupo de trabajo para la gestión técnica de temas prioritarios, para resolver la implementación de las conclusiones de esta sesión en el documento del formato delos DEE. Esto se aplicará a todos los DEE elaborados antes de su publicación en el DOUE (número y título).

Nueva información sobre los DEE en la web de la EOTA

En la web de la EOTA se ha introducido un nuevo apartado en la sección “Publications” denominado EAD (DEE en castellano). En él se pueden consultar los títulos de los DEE pendientes de publicación que cumplen con la cláusula 7 del Anexo II del Reglamento 305/2001, para los que ya se ha emitido una Evaluación Técnica Europea- ETE.

En el citado Anexo II “Procedimiento de Adopción del Documento de Evaluación Europeo”, la cláusula 7 contempla: la consulta del DEE al fabricante que ha hecho la solicitud de ETE, la aprobación del DEE por parte de la EOTA y la consulta del DEE a la Comisión. Una vez emitida la ETE, se ajusta el DEE -si es necesario- y se envía su título a la Comisión, con las traducciones a las lenguas oficiales de la UE, junto con el texto final. Una vez publicado en el DOUE el título y el número, el DEE final puede ser descargado en la web de la EOTA.

Documentos técnicos horizontales

Ampliación del Technical Report TR 046 “Test methods for foam adhesives for External Thermal Insulation Composite Systems (ETICS)” en curso

El TR 046 se está ampliando para incluir sistemas de aislamiento por el exterior (SATE/ETICS) con poliestireno extruido (XPS).

Este documento especifica los métodos de ensayo y de identificación para espumas de poliuretano de un componente utilizadas como adhesivo en sistemas SATE/ETICS para uso en obra. El documento actualmente disponible en la web de la EOTA considera sistemas con poliestireno expandido (EPS).

Situación del Technical Report TR 073 ”Large Scale Fire Performance Testing of External Wall Claddings Systems”

La Comisión Europea está considerando la carta que ha remitido la EOTA en la que se expone la situación actual de los trabajos y se solicitan recursos económicos para realizar los ensayos de validación necesarios.

El objetivo de esta carta es clarificar la situación de los trabajos y conseguir los medios necesarios para su continuación. Uno de los aspectos a resolver es la divergencia del método considerado en el TR 073 con el actualmente vigente en Francia.

Algunos datos sobre los ETE a nivel europeo

Información Report Núm.3

Según la información facilitada per la Secretaría de la EOTA (14.01.2015)

  • Solicitudes recibidas para la elaboración de Evaluaciones Técnicas Europeas-ETE:
    • Mediante la elaboración de un Documento de Evaluación Europeo-DEE: 256
    • A partir de un DEE o de una Guía DITE (Art. 66.3): 1087
  • Evaluaciones Técnicas Europeas-ETE emitidas:
    • Mediante la elaboración de un DEE: 9
    • A partir de un DEE o de una Guía DITE (Art. 66.3): >407

El ITeC y la Evaluación Técnica Europea – ETE

Información a 16/02/2015
  • Actualmente, el ITeC está trabajando en cinco Documentos de Evaluación Europeos-DEE:
    • Dos ya han sido adoptados internamente por la EOTA y, por tanto, se están elaborando las Evaluaciones Técnicas Europeas-ETE correspondientes
    • Los tres restantes están en diferentes fases de elaboración
  • Recientemente, el ITeC ha emitido 2 ETE y tiene actualmente 14 en elaboración.
    Las ETE emitidas son de las guías DITE siguientes (véasela web de la EOTA, apartado publications)Para la numeración de las ETE, se utiliza el acrónimo en inglés ETA.
    • Guía DITE 034, sobre revestimientos exteriores para fachadas ventiladas
      • ETA 14/0413 Dekton®, de Cosentino SA
    • Guía DITE 029 sobre anclajes metálicos de inyección para obra de fábrica
      • ETA 13/1053 Polyfixer PS, de Roberlo SA

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo son válidos los DITE emitidos en el marco de la Directiva de Productos de la Construcción?

Los DITE emitidos en el marco de la Directiva son válidos hasta que se agota su período de validez, siempre que no se introduzcan modificaciones en el producto que afecten a sus prestaciones o en las condiciones técnicas especificadas en el DITE.

Una vez agotado el período de vigencia, el DITE no se puede renovar y debe convertirse en una Evaluación Técnica Europea-ETE, si así lo desea el fabricante. Si el fabricante quiere introducir modificaciones en el DITE durante el período de vigencia, deberá adelantar su conversión en una ETE en la que se introducirán dichas modificaciones. En ambos casos, es importante ponerse en contacto con un Organismo de Evaluación Técnica para realizar dicha conversión. El fabricante puede dirigirse al organismo que emitió el DITE si este ha sido designado por la autoridad competente para el área de producto relacionada con el DITE.

Calendario de reuniones relevantes

Realizadas desde el 21 de noviembre de 2014 al 16 de febrero de 2015
  • Consejo Técnico núm. 6, Bruselas9 y 10 de diciembre de 2014
  • Consejo Técnico núm. 7, Bruselas27de enero de 2015
  • Sesión de trabajo EOTA sobre el contenido de los Documentos de Evaluación Europeos-DEE, Bruselas 28 de enero de 2015
Próximas reuniones
  • PT 1 de la EOTA, Bruselas 5 de marzo de 2015
  • Grupo de agentes asesor de la EOTA, 13 de marzo de 2015
  • Asamblea General de la EOTA, Bruselas 15 de abril de 2015
  • Consejo Técnico núm. 8, Ankara 5 y 6 de mayo de 2015
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