Finalidad del ApTO, certificado de calidad para empresas del ámbito de la construcción:

Del material certificado a la unidad de obra garantizada

El certificado de calidad ApTO, Aptitud Técnica en Obra, nace para atender una triple necesidad del sector de la construcción:

  • la del fabricante del producto, de asegurar la correcta colocación o instalación de su producto,
  • la del colocador o instalador en la obra, de consolidar el oficio y de diferenciarse de la competencia,
  • la del contratante de la obra, incluidos promotor, dirección facultativa y oficina de control técnico, de tener información objetiva que les ayude a realizar una adecuada selección de industriales en quienes confiar.

Y habría, aún, una cuarta, que no por parecer más utópica es menos real, que es la de ahorrar al usuario final, a la sociedad en general, costes innecesarios e ineficientes evitables de montajes o acabados incorrectos.

Cada vez más, las reclamaciones presentadas por los defectos en las obras de edificación son más debidas a una deficiente ejecución de la obra que no a una mala calidad de los materiales.

Es una tendencia lógica que va en consonancia con la evolución de este sector. Los fabricantes de materiales, a un ritmo creciente y riguroso, adoptan modelos modernos de industrialización y aumentan la fiabilidad, mientras que la ejecución sigue dependiendo del oficio del ejecutor. Aún más si se trata de los nuevos materiales denominados no tradicionales o de nueva implantación.

La construcción es, además, una actividad muy cíclica y en muchos casos se realiza en ambientes inclementes. Por eso es difícil que sea un oficio escogido por vocación, lo que dificulta, también, poder mantener una cualificación buena y continuada de los operarios.

Esta circunstancia disminuye la fiabilidad de conseguir la conformidad de la obra realizada, incorporando material de plena conformidad, y es motivo de preocupación de todos los agentes que intervienen en la construcción de la obra y, en particular, del promotor, que debe responder ante las reclamaciones directas de sus clientes.

Y lo es también para aquellas empresas instaladoras solventes, con clara vocación de permanencia en el mercado, que ejecutan correctamente las obras y que aspiran a merecer la confianza de sus clientes.

Son empresas que necesitan consolidar estas buenas prácticas y encontrar herramientas que contribuyan a mejorar la eficacia del trabajo de sus operarios. A la vez necesitan poder diferenciarse de otras empresas competidoras que dan prioridad a la especulación ante la calidad de la obra.

La certificación ApTO (Aptitud Técnica en Obra) quiere ser una herramienta mediante la cual se puedan acabar de adecuar y consolidar las buenas prácticas del oficio. Quiere ser, también, el distintivo que diferencie la empresa en la que se pueda confiar gracias al compromiso adquirido, tanto de persistir en esta dinámica de buena ejecución, como de asumir las reclamaciones que le sean imputables.

Podrá confiar en ella tanto quien la tiene que contratar, incluidos el promotor, la Dirección de Obra (D.F., D.E.O.) i la Oficina de Control Técnico (O.C.T.), como el fabricante del producto que se instala, cuya colocación se debe realizar de conformidad con las especificaciones que confieren al material la plenitud de sus prestaciones.

Llegados a este punto, la pregunta que se puede formular es la siguiente: ¿Cómo logra el ApTO esta triple finalidad? O lo que es lo mismo: ¿Cómo propicia la evaluación ApTO que, además de que se utilicen materiales certificados, se consigan unidades de obra garantizada?

La respuesta a esta pregunta se encuentra en el procedimiento, riguroso y completo, que el ITeC utiliza para otorgar la Declaración ApTO.

La empresa que aspira a obtener el certificado de calidad ApTO debe tener un sistema de gestión de la calidad práctico, estructurado y enfocado a la obra, con instrucciones de trabajo claras y con personal competente, que le permita asegurar que su ejecución se ajusta a las especificaciones de colocación del producto que instala y que pueda garantizar, así, la plena conformidad de la unidad de obra ejecutada.

El ITeC, para conceder el certificado de calidad ApTO a una empresa en una determinada actividad, evalúa la empresa en los dos aspectos: funcionamiento operativo de la empresa y ejecución en la obra. Y lo hace, respectivamente, mediante auditoría de su sistema de gestión de la calidad y mediante verificación técnica de una muestra significativa de las obras ejecutadas de aquella actividad o especialidad.

La empresa instaladora, por tanto, debe mostrar evidencias de la buena ejecución de las obras, de conformidad con las especificaciones del fabricante del material o producto que instala y con la reglamentación técnica aplicable (en especial del Código Técnico de la Edificación-CTE).

La evaluación ApTO, además, no sólo verifica los aspectos técnicos de la correcta ejecución de la unidad de obra, sino que valora también la fiabilidad y la capacidad de la empresa para realizarlas de una forma consciente y continuada, mediante auditoría de su sistema de gestión de la calidad.

La empresa, por tanto, también debe mostrar evidencias de una organización consistente, debe disponer de personal competente y cualificado para la actividad evaluada y debe asumir las reclamaciones que en justicia se le puedan imputar.

Es en base a estas evidencias positivas que la empresa es considerada merecedora de confianza y el ITeC lo testifica otorgando el sello de calidad ApTO, y la concesión de uso de esta marca, como distintivo de calidad de la empresa.

La empresa debe mostrar estos méritos de forma permanente y continuada para que se le pueda mantener esta confianza. Con este objetivo, el ITeC efectúa evaluaciones de seguimiento una vez al año, y de renovación cada tres años.

Así pues: el ApTO es la evaluación positiva que realiza el ITeC de la aptitud técnica de la empresa en su actividad, que se materializa mediante la emisión del documento Declaración ApTO en la actividad evaluada, y la concesión del uso de la marca ApTO.

El ITeC apuesta porque el instalador ApTO sea el que ejecuta unidades de obra garantizada.